España ha mantenido su indemnización por despido improcedente de 2012: Europa ha dicho que es un chollo para las empresas
Desde la reforma laboral de 2012, España utiliza un baremo fijo para establecer la indemnización por despido improcedente. El Consejo de Europa ha vuelto a instar a España a cambiar este sistema señalando que no cumple con lo establecido por la Carta Social Europea y a las empresas les está saliendo muy barato despedir a sus empleados sin un motivo justificado.
El organismo europeo considera que los trabajadores en España no están correctamente protegidos frente a un despido sin causa justificada porque al conocerse de antemano el coste de su indemnización por despido, esta pierde su efecto disuasorio. Además, la normativa no contempla que en el cálculo de esa indemnización se aplique el principio de proporcionalidad por los daños causados al trabajador.
Nuevo aviso de Estrasburgo. España ratificó la Carta Social Europea en 2021 con el objetivo de armonizar las políticas laborales en todo el territorio de la Unión, comprometiéndose a transponder las indicaciones del documento comunitario a la normativa española. Sin embargo, las resoluciones emitidas por este organismo europeo no son vinculantes, pero sí el compromiso firmado por España.
Como adelantaba El País, el pronunciamiento de Estrasburgo se ha producido por una reclamación del sindicato CCOO en 2022 ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (que se suma a la petición ya resuelta de UGT en 2024) sobre la necesidad de reformar el sistema de indemnizaciones en España. El sindicato reclama al Gobierno de España equiparar su normativa a la europea, lo que hecho que el organismo se pronuncie de nuevo, dando la razón al sindicato e instando al gobierno a modificar este sistema.
La legislación española de 2012. El Consejo de Europa ha dejado claro que el sistema de indemnización por despido improcedente de España incumple los parámetros de justicia y reparación adecuados. Según la normativa española actual, que reformó el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012, los trabajadores reciben una compensación de 33 días de salario por año trabajado, con un límite máximo de 24 mensualidades, en lugar de los 45 días por año con 42 mensualidades que había antes de la reforma.
Sin embargo, el Consejo de Europa ha sido considerado este modelo insuficiente por su nula capacidad de disuasoria para despidos improcedentes, ya que otorgaba a las empresas la capacidad de calcular los costes del despido con antelación, especialmente para aquellos con poca antigüedad en sus puestos de trabajo.
Portavoces del sindicato insistían en que esta resolución «Evidencia la necesidad abrir una etapa de diálogo y negociación en el ámbito del Diálogo Social para adecuar el marco de protección de los trabajadores frente al despido a las exigencias de la Carta Social Europea», recogía El Plural.
Discrepancias por el artículo 24. El principal punto de fricción entre la Carta Social Europea y la legislación española vigente se centra en la sección B del artículo 24 del documento europeo en el que se indica: «El derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada».
En sus resoluciones, el Consejo de Europa ha dejado claro que el sistema de indemnización por despido improcedente de España incumple los parámetros de justicia y reparación adecuados, dejando en manos judiciales el cálculo de una indemnización personalizada a cada caso específico.
«Es imprescindible fortalecer la función disuasoria y reparadora de nuestro sistema de indemnización en caso de despido injustificado y recuperar la readmisión como medio de reparación», señalaba CCOO en su escrito ante el Consejo de Europa.
El «parche» temporal: acudir a los tribunales. Mientras se espera que el Gobierno adapte la legislación a las recomendaciones europeas, a los trabajadores que se enfrentan a un despido improcedente solo les queda la vía judicial para conseguir una indemnización acorde a la Carta Social Europea. Sin embargo, el Tribunal Supremo no se ha mostrado muy conforme con esa solución por entrar en conflicto con la normativa española, que ya consideran «adecuada», aunque dejó abierta la posibilidad de reinterpretaciones a partir de los estándares europeos.
Los últimos datos de despidos recogidos en el informe ‘Estadística de Despidos y su Coste’ elaborado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social dan la razón a Europa, indicando que la indemnización media por despido en España en 2023 era un 35% inferior a las que se recibieron en 2021, aunque el número de despidos se incrementó en un 34%. Es decir, pese a que los despidos improcedentes se han resuelto por vía judicial, los tribunales no han impuesto indemnizaciones más elevadas en concepto de «reparación» como piden desde Europa.
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Imagen | Unsplash (Mika Baumeister)
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Rubén Andrés
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